La nueva Ley de Startups, ¿Qué ventajas ofrece?

La Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes conocida popularmente como “Ley de Startups” es una ley que complementa a la Ley de crecimiento empresarial y que está destinada al apoyo de las empresas emergentes mediante el otorgamiento de una serie de incentivos tanto fiscales como administrativos, sin dejar de lado a los emprendedores extranjeros, para quienes también ha previsto un régimen especial.

¿Qué es considerado “empresa emergente o startup”?

De acuerdo con lo expuesto en el art. 3 de esta ley, se entiende por empresa emergente toda persona jurídica, incluidas las empresas de base tecnológica, que reúnan las siguientes condiciones. 

  1. No superar los 5 años de antigüedad (7 en el caso de sectores estratégicos como la biotecnología o que hayan desarrollado tecnología propia, diseñada íntegramente en España).
  2. No haber surgido de una operación de fusión, escisión o transformación de empresas que no sean consideradas emergentes.
  3. No distribuir dividendos.
  4. No cotizar en bolsa.
  5. Tener la sede social o establecimiento permanente en España.
  6. Tener al menos al 60 % de la plantilla con un contrato laboral en España.
  7. No superar un volumen de negocio anual de diez millones de euros.
  8. Desarrollar un proyecto de emprendimiento innovador que cuente con un modelo de negocio escalable. La innovación puede consistir en desarrollar productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparación con el estado de la técnica.

Además, para poder acogerse a esta Ley, los emprendedores deberán solicitar a la Empresa Nacional de Innovación (ENISA) que certifique el cumplimiento de dichos requisitos. 

 Qué es Startups y cuál es su importancia - EntreBussiness

Visto lo anterior, ¿Qué ventajas tiene ser una Startup?

Las ventajas ofrecidas por esta Ley son tanto administrativas como fiscales. Entre las ventajas fiscales destacamos: 

  • La reducción del tipo impositivo del IS y del IRNR del 25% al 15% en los cuatro primeros ejercicios a contar desde que la base imponible es positiva. 
  • Posibilidad de extender el aplazamiento del pago de la deuda tributaria correspondiente a los dos primeros períodos impositivos en los que se obtenga una base imponible positiva.  
  • Ampliación de la base máxima de deducción por inversiones en empresas de nueva o reciente creación de 60.000 a 100.000 euros anuales. También se eleva el tipo de deducción (del 30 al 50 %).
  • El importe exento de tributación en los casos en los que se entregan participaciones o acciones de startups (stock options) se eleva de 12.000€ a 50.000€. 

Entre las administrativas mencionaremos.

  • La eliminación del doble tramite notarial y registral, previendo un procedimiento íntegramente electrónico, lo cual agiliza notablemente los tramites de constitución. 
  • Reducción del coste de aranceles notariales y registrales por la inscripción de S.L. 
  • Las Startups no tendrán la obligación de disolverse si sufren pérdidas que impliquen la reducción del patrimonio neto a menos de la mitad del capital social. 

 

Actuaciones y proyectos de inclusión sociolaboral.png | Portal del  Ayuntamiento de Gijón

 

Y, ¿Qué hay de los inversión extranjera?

Como medidas para la atracción del talento internacional, la Ley prevé las siguientes ventajas:

  • Facilitación de obtención de NIE para solicitantes de autorizaciones de residencia. 
  • Ampliación de la vigencia de autorizaciones iniciales de residencia para el caso de los emprendedores. 
  • Creación del visado de nómada digital, figura en la que profundizaremos en un próximo blog. 
  • Eliminación durante 3 años de la doble cotización a la Seguridad social en caso de que el emprendedor, de forma simultánea, ejerza una actividad por cuenta ajena. Esta medida es aplicable tanto a nacionales como a extranjeros. 

Expuesto lo anterior, si considera que encaja en el supuesto descrito y tiene alguna consulta, no dude en ponerse en contacto con nosotros sin compromiso a través de nuestro formulario de contacto o a través de nuestro correo electrónico info@navarrollimaabogados.com. ¡Estaremos encantados de ayudarle!

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