
23 Oct ¿Qué problemas puede evitarte un pacto de socios?
Un pacto de socios permite anticipar problemas que, si no se regulan, pueden afectar al funcionamiento de una empresa. En nuestra anterior publicación sobre los conflictos entre socios explicamos cómo la falta de reglas claras complica la resolución de los desacuerdos cuando ya han aparecido.
Al constituir una sociedad, los socios suelen compartir objetivos y tener una idea común del negocio. Pero las circunstancias pueden cambiar, por ejemplo, uno quiere reinvertir los beneficios y otro prefiere repartirlos o, a veces, mientras que uno asume más responsabilidades, el otro reduce paulatinamente su dedicación. Es cierto que estas situaciones no implican necesariamente una mala relación entre los socios, pero sí que aparece un problema cuando hay que resolverlas sin haber acordado antes cómo hacerlo.
¿Qué puede regular un pacto de socios?
Funciones, dedicación y remuneración
En muchas sociedades, los socios no solo aportan capital, sino que también trabajan en el negocio. Pensemos en dos socios que constituyen una empresa al 50 % y que, durante los primeros años, trabajan en ella en condiciones similares. Con el tiempo, uno asume la mayor parte de las responsabilidades y el otro reduce su dedicación, pero ambos mantienen la misma participación en el capital social.
Sin reglas previas, pueden surgir diferencias sobre la remuneración, el reparto de beneficios o las decisiones de gestión.
Para evitarlo, el pacto de socios puede establecer las funciones y el grado de dedicación de cada socio, distinguir la remuneración por el trabajo de los dividendos y fijar criterios para distribuir o reinvertir los beneficios. También puede prever las consecuencias del incumplimiento de los compromisos asumidos.
Así se evita que un desacuerdo sobre la carga de trabajo termine convirtiéndose en una disputa sobre la propiedad o el control de la sociedad.
Mecanismos de desbloqueo: cuando no hay acuerdo entre los socios
De nuevo, pensamos en una sociedad con dos socios, cada uno propietario del 50 %. Uno considera que ha llegado el momento de reinvertir los beneficios y ampliar el negocio, mientras que el otro prefiere repartirlos. Después de varias reuniones ninguno cede y la discrepancia afecta a otras decisiones importantes, la empresa puede quedar paralizada.
Para anticipar estas situaciones, el pacto puede determinar qué decisiones requieren un acuerdo específico, como ciertas inversiones, la entrada de nuevos socios o la venta de activos esenciales.
También puede establecer un procedimiento para resolver el desacuerdo: reuniones dentro de un plazo determinado, mediación o incluso la intervención de un experto independiente.
Si el bloqueo persiste, pueden preverse mecanismos de compra o venta de participaciones u otra solución que permita dar continuidad al negocio.
Estas cláusulas deben concretar cómo se activa el procedimiento, no basta con establecer que los socios negociarán de buena fe, además de establecer qué plazos se aplican y qué sucede si no se alcanza un acuerdo. También es importante evitar que demasiadas decisiones queden sujetas a unanimidad, pues lo que inicialmente se plantea como una garantía puede convertirse en un obstáculo para la gestión ordinaria de la empresa.

Salida de un socio: qué sucede cuando alguien quiere abandonar el proyecto
La salida de un socio fundador puede afectar a la continuidad del negocio, especialmente si desempeña una función difícil de sustituir. Además de organizar su relevo, habrá que decidir qué sucede con sus participaciones.
Las cláusulas good leaver y bad leaver permiten diferenciar las causas de salida y establecer consecuencias distintas. Un good leaver sería quien abandona el proyecto por una circunstancia que el pacto considera justificada. Un bad leaver podría ser quien se marcha incumpliendo un compromiso de permanencia o incumpliendo alguna condición definida.
Estas categorías deben concretarse en el propio pacto, ya que no existe un régimen único que se aplique automáticamente a cualquier sociedad.
El pacto puede determinar quién podrá adquirir las participaciones, cómo se calculará su precio, qué ocurre si existe desacuerdo con la valoración y en qué plazos deberá realizarse la transmisión.
Prever la salida antes de que se produzca reduce la incertidumbre y facilita que la empresa siga funcionando aunque cambie la composición de sus socios. Puedes conocer más sobre estas figuras en nuestro artículo.
Transmisión de participaciones: quién puede entrar en la sociedad
A veces, el problema está en quién puede incorporarse a la sociedad. Por ejemplo, un socio puede recibir una oferta por sus participaciones y querer venderlas a un tercero, mientras los demás prefieren evitar la entrada de un competidor o tener la oportunidad de adquirirlas.
El pacto puede regular estas situaciones mediante derechos de adquisición preferente y otros compromisos sobre la transmisión.
También puede aparecer un comprador interesado en adquirir toda la empresa, pero uno de los socios no quiere vender. En estos casos pueden resultar útiles dos mecanismos:
- Tag along o derecho de acompañamiento. Permite que un socio se sume a la venta de otro y transmita sus participaciones al comprador.
- Drag along o derecho de arrastre. Permite exigir que los demás socios también vendan sus participaciones para poder hacer una venta conjunta.
Para que funcionen, deben definirse las condiciones de ejercicio, los porcentajes necesarios, el precio y los plazos. Una redacción precisa ayuda a evitar que una transmisión individual comprometa una operación importante o deje a un socio en una situación que no había previsto.
Pacto de socios y estatutos: por qué deben coordinarse
Firmar un pacto de socios no significa que todas sus cláusulas sean automáticamente oponibles a la sociedad. El artículo 29 LSC establece que los pactos reservados entre los socios no son oponibles a la sociedad.
Por ello, hay que distinguir entre las obligaciones que asumen quienes firman el pacto y las reglas que conviene incorporar también a los estatutos sociales, cuando sea adecuado para el efecto buscado. Revisar ambos documentos conjuntamente ayuda a evitar contradicciones y a comprobar que las cláusulas responden a la finalidad perseguida.
En nuestra publicación sobre pactos de socios y estatutos sociales explicamos con más detalle su relación.
Asesoramiento adaptado a cada sociedad
No existe un modelo de pacto de socios válido para todas las empresas. Las necesidades de una sociedad con dos fundadores al 50 % son distintas de las de una empresa familiar o una compañía que incorpora inversores.
Antes de redactarlo, conviene analizar cómo está organizada la sociedad, qué espera cada socio y qué decisiones podrían generar dificultades en el futuro.
En Navarro Llima Abogados contamos con más de 20 años de experiencia asesorando a empresas en la organización de sus relaciones societarias y en la prevención y resolución de conflictos entre socios. Si necesitas revisar un pacto existente o establecer estas reglas para tu empresa, puedes ponerte en contacto con nosotros en info@navarrollimaabogados.com.
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