Modificaciones estructurales Navarro LLima Abogados Zaragoza Fusión Adquisición

Claves acerca del nuevo régimen legal de las modificaciones estructurales

La Directiva de Movilidad 2019/2121/UE regulaba por primera vez la transformación y escisión transfronteriza dentro de la Unión Europea y modifica las normas sobre las fusiones transfronterizas, y ahora es cuando España la transpone en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio de 2023.

En este Decreto, se aprueba un nuevo régimen de las modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, tanto las internas como las transfronterizas. En Navarro Llima Abogados, ofrecemos servicios de asesoría integral en operaciones de Joint-Venture, fusiones y adquisiciones de empresas (incluyendo todo tipo de operaciones de capital). Por ello, queremos manteneros actualizados en estos nuevos cambios legislativos.

¿Cuáles son los aspectos importantes sobre el nuevo régimen legal de las modificaciones estructurales?

La nueva LME se aplica dentro y fuera del Espacio Económico Europeo y rige las extraeuropeas y las escisiones transfronterizas.

Además, tiene una estructura diferente a la anterior y se distingue porque las operaciones internas amplían los documentos necesarios o su contenido y destinatarios, que prolongarán el proceso.

Modificaciones estructurales Navarro LLima Abogados Zaragoza Fusión Adquisición

Los aspectos más importantes son:

  • Se debe redactar un proyecto de transformación.
  • El proyecto debe incluir certificados que las sociedades cumplen con las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Debe incluirse la compensación en efectivo a los socios, así como las implicaciones de la operación para los nuevos acreedores y las garantías que se les otorgan.
  • Se incorporará en la página web o se depositará en el Registro Mercantil, un aviso que informe a socios y acreedores y representantes de los trabajadores sobre la posibilidad de presentar a la sociedad, observaciones sobre la operación propuesta hasta cinco días laborales antes de la junta general.
  • El informe de administradores explicativo de la operación deberá tener dos partes o habrá un informe para los socios y otro para los trabajadores. En el apartado de trabajadores se explicarán las consecuencias para las relaciones laborales, los cambios en las condiciones de empleo o en la ubicación de los centros de actividad y como afecta a las filiales de la sociedad.
  • El informe de experto incluirá un dictamen sobre la adecuación en efectivo proporcionada a los socios con derecho a enajenar sus acciones o participaciones. Y podrá incluir, a petición de los administradores, una valoración sobre la adecuación de las garantías ofrecidas.

Además, en el informe, solo si el beneficiario es una sociedad anónima se opinará sobre si el patrimonio de las sociedades absorbidas o escindidas, sobre el capital de la sociedad resultante o su aumento de capital. Y en las fusiones apalancadas se elimina si existe asistencia financiera.

En cuanto a la protección de los socios, prevé el derecho a enajenar las acciones, para que puedan una compensación en efectivo. Y en general, las novedades serán más procedimentales que de fondo.

En lo que refiere a la protección de los acreedores, el derecho de oposición desaparece y se protege a los mismos acreedores en las fusiones y escisiones con medidas distintas.

¿Qué incluyen las modificaciones estructurales transfronterizas?

Las modificaciones estructurales transfronterizas incluyen:

  • Las transformaciones de sociedades de capital constituidas conforme con el Derecho de un Estado miembro, en sociedades de capital sujetas a Derecho español o viceversa.
  • Las fusiones, escisiones y cesiones globales de activos y pasivos de sociedades de capital constituidas de conformidad con el Derecho de un Estado miembro, cuando al menos, dos de ellas sujetas a la legislación de Estados miembros diferentes, una de ellas esté sujeta a la legislación española y las modificaciones les serán de aplicación las disposiciones comunes o específicas aplicables a cada caso.

Estas son solo algunas de las pincelas sobre este nuevo régimen, si queréis realizar algún tipo de operación de modificación estructural, no dudéis en contactarnos para asesoraros legalmente.

 

 

Sin comentarios

Deje un comentario

Este sitio web utiliza cookies para mejorar la experiencia del usuario. Al continuar navegando aceptas su uso. Más información

ACEPTAR
Aviso de cookies